En general, a las personas nos cuesta hacer proyecciones de futuro y tomar hoy decisiones a largo plazo, ya que la incertidumbre de los hechos nos provoca incomodidad. En el caso de planificar nuestra herencia, entraña más resistencia, puesto que implica pensar en una situación que preferimos contemplarlo lo más lejano posible.
De lo que no somos conscientes es de la suma importancia de realizar esta gestión lo antes posible, ya que nos va a ayudar tanto a nosotros como a nuestros seres queridos. Esta gestión nos permitirá organizar nuestro patrimonio y nuestras finanzas de manera realista y siempre dependiendo de nuestras preferencias y necesidades. Porque, si no planificamos la transmisión de nuestros bienes, será la ley la que decida por nosotros, lo cual podría generar incluso conflictos familiares no deseados, además de gastos innecesarios.
De igual manera, en el caso de ser parte de los familiares de una persona fallecida, heredar es casi entendido como un proceso burocrático, lo que acaba significando: tiempo y papeleo. Ambas suelen suponer dolores de cabeza para las personas sin experiencia en el campo jurídico y/o que nunca se han visto en un proceso parecido.
Para facilitar este proceso, en este post vamos a exponer el camino a seguir para la tramitación de una herencia y qué necesitaremos para llevarla a cabo.
Hay muchas personas que fallecen sin haber dejado un testamento y este hecho puede complicar enormemente el proceso, ya que, además del esfuerzo y tiempo que supone este paso previo a la herencia deben sumarse unos costes de entre 200-400€ (los cuales podrían variar dependiendo del notario) para obtener la declaración de herederos. Por lo tanto, hasta este punto necesitaríamos mínimo dos documentos para tramitar la herencia: el certificado de defunción que se obtiene en el registro civil) y el certificado de últimas voluntades, el cual indica si hay o no testamento.
En el caso de que sí hubiese testamento éste nos informará cuál es el último testamento otorgado y ante qué notario se otorgó. Allí verificaremos si nosotros somos o no uno de los herederos designados por el fallecido.
A continuación, procederemos a redactar el inventario de la masa hereditaria, el cual consta de activos como son los inmuebles o cuentas bancarias y pasivos (deudas del fallecido). En este punto, y ya vistos los activos y pasivos a heredar decidiremos si aceptamos o no la herencia, y en el caso de ser aceptada implicaría realizar la partición de la misma.
Podríamos decir que esta es una de las fases más complicadas del proceso, ya que podrían generarse conflictos de intereses entre los herederos, que, como hemos comentado anteriormente, son disputas no deseadas que únicamente traen dolores de cabeza innecesarios.
Una vez llegados a este punto entran en juego los impuestos. El más conocido es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD), el cual de naturaleza directa y subjetiva, grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas, prescribe a los 4 años desde la fecha de fallecimiento y una vez aceptada la herencia debe abonarse en un plazo de 6 meses (prorrogable otro medio año).
Por otra parte, encontramos el Impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), conocido también como la plusvalía municipal. Este impuesto se aplica cuando se hereda una vivienda, y es competencia del ayuntamiento. Por lo tanto, la plusvalía no es igual en todas las herencias, suele variar según el caso y la normativa de cada ayuntamiento o Comunidad. Grava lo que se ha revalorizado el bien desde el momento de la compra hasta que se recibe como herencia.
Cómo podemos apreciar, este proceso de tramitación puede llegar a ser tedioso, es por ello que en torno al 90% de las personas que sufren este suceso, acaban recurriendo a un profesional para que gestione todo este procedimiento. Pero, no únicamente por comodidad, sino porque un profesional especializado en herencias puede ahorrar tiempo y dinero.
Por esta razón, desde All4Flat queremos presentarte a nuestro abogado Joan especialista en herencias, sucesiones, legítimas y derecho inmobiliario. Joan es abogado especializado en sucesiones con más de 10 años de experiencia en el sector. Además, tiene experiencia en todo tipo de situaciones y conflictos derivados de procesos sucesorios. Su carácter empático, amable y comprometido os harán sentir acompañado en todo el proceso proporcionándoos la tranquilidad y calma necesarias que estos procesos tan delicados requieren. Su plena implicación y dedicación os harán sentir que estáis en las manos adecuadas. Él os acompañará en la gestión y tramitación de vuestra herencia y hará que este camino sea mucho más cómodo y fácil para todos.
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